La democracia más allá de vivirla en las elecciones políticas se experimenta en cada uno de los ámbitos de nuestra vida: en el trabajo, en el hogar, en la escuela, al realizar un trámite administrativo e incluso con amistades.
La democracia nos produce un estado de bienestar en nuestro entorno, ya que vemos garantizados cada uno de nuestros derechos humanos, por lo que la responsabilidad de exigirlos y de protegerlos, está en manos de nosotros mismos, de nuestra sociedad, del sector privado y del Estado a través de sus instituciones, órganos gubernamentales y servidores públicos.
Cuando el Estado falla o tiene retrocesos en el proceso democrático, se percibe un malestar en general, ya que se da pauta a una transgresión a los derechos humanos e inducir en prácticas corruptas. Por consiguiente, se perderá legitimidad de las acciones gubernamentales, por lo que sus acciones tendrán en consecuencia baja credibilidad al no otorgar la certidumbre que requiere la propia sociedad.
Ante ello, es necesario que el Estado cuide y vele por el ejercicio pleno de cada uno de los derechos humanos, los cuales se encuentran en una relación concatenada, es decir, al ejercer o proteger un derecho en automático podrá ser tocado otro tipo de derecho. Por ello, cuando es violentado un derecho, se da un perjuicio a una serie de derechos, por lo que el resultado tiene mayor impacto.
La democracia cobra credibilidad entre los gobernados al sentir que sus derechos se ven protegidos, cuando cada uno de los servidores públicos con los que tiene contacto lleva a cabo su trabajo de manera adecuada y libre de corrupción, cuando se percata que existe una transparencia en los datos gubernamentales, cuando los gobernantes informan con cabalidad sobre sus acciones, y más aún cuando estos toman en consideración todas las necesidades, por lo que podemos establecer que debemos considerarla siempre como un proceso continuo que se adecúa a la realidad social, donde las necesidades y exigencias de cada uno de los grupos sociales y personas sean observadas y atendidas.
El término de democracia se ha ido construyendo a lo largo del tiempo, básicamente a partir de tres teorías:
En la siguiente tabla se muestra la construcción del término democracia, de acuerdo con diversas teorías y posiciones ideológicas.
Tabla 1 Construcción del Concepto Democracia
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Categoría |
Teoría |
Principio |
Característica |
Democracia vs aristocracia, oligarquía |
Forma de gobierno |
Clásica (aristotélica) |
Isonomía |
Ciudadana (polités). Participación en funciones deliberativas, ejecutivas y judiciales (demos). |
Democracia vs monarquía, |
Formas de gobierno |
Medieval (derivación romana) |
Soberanía popular |
Poder soberano para hacer leyes está en el pueblo. |
Democracia vs república |
Forma de gobierno |
Moderna (maquiavélico) |
Virtud cívica |
Procedimental. |
El término democracia proviene del griego demos, pueblo y kratos, poder, es decir, poder del pueblo. La Real Academia Española concibe a la democracia como:
“Sistema político en el cual la soberanía reside en el pueblo, que la ejerce directamente o por medio de representantes.
Forma de sociedad que reconoce y respeta como valores esenciales la libertad y la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley.
Participación de todos los miembros de un grupo o de una asociación en la toma de decisiones.” (https://dle.rae.es/democracia?m=form)
Por su parte, el Diccionario Jurídico Mexicano define de la siguiente manera a la democracia:
“Doctrina política según la cual la soberanía pertenece al conjunto de los ciudadanos -principio que enuncia la frase célebre: el gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo-; régimen político caracterizado por la participación de los ciudadanos en la organización del poder público y en su ejercicio… En acepción moderna y generalizada, democracia es el sistema en que el pueblo en su conjunto ejerce la soberanía y, en su nombre de la misma, elige a sus gobernantes… Los rasgos esenciales de la democracia liberal (también calificada como clásica, occidental, política, y, desde el punto de vista marxista como “burguesa”) -indirecta, semidirecta y excepcionalmente, directa- son los siguientes: 1) elección de los gobernantes por los gobernados, 2) separación o colaboración de poderes; 3) garantía de los derechos individuales y de las libertades fundamentales; 4) pluripartidismo; 5) aparición después de la Primera Guerra Mundial, de los derechos sociales, y de los derechos económicos después de la Segunda.” (2001, pp. 892 y 893).
Andrés Serra Rojas (2000) indica que democracia es “una forma de gobierno, -no del Estado-, en la que el pueblo es el origen, el sostén y la justificación del poder público...La democracia es un régimen que se esfuerza por hacer participar al mayor número de ciudadanos, de una manera efectiva, en los asuntos políticos del Estado.” (p. 591-592).
El Sistema de Información Legislativa (SIL) define a la democracia como “una de las formas de gobierno en que puede ejercerse el poder político del y para el pueblo”; de igual forma, diferencia entre la democracia formal y la democracia sustancial, las cuales se detallan en el Cuadro 1.
Cuadro 1 Democracia Formal y Democracia Sustancial
Democracia Formal | Democracia Sustancial |
Método o un conjunto de reglas de procedimiento para la constitución del gobierno y para la formación de las decisiones políticas, más que de una determinada ideología.
Describe al gobierno del pueblo |
Se remite a los principios e ideales característicos de la democracia moderna donde se privilegia la idea de igualdad ante la ley e incluso en el ámbito económico o social, y la libertad del individuo frente al poder político. Las instituciones que velan estos principios, en mayor o menor medida, pueden considerarse sustancialmente democráticas. |
Como se puede observar, la democracia es una forma de gobierno que emerge del pueblo y se sustenta en un sistema de libertades, donde la igualdad entre las personas busca un equilibrio entre poderes. Su construcción es resultado de la exigencia del reconocimiento de derechos civiles, políticos, económicos, sociales, culturales y de solidaridad, logrando un ambiente más equitativo e igualitario. Entre mayor sea la protección y el acceso a los derechos humanos en cada Nación, el entorno será más democrático.
En el siguiente diagrama se muestra la evolución jurídica de los derechos humanos y, en consecuencia, de la democracia.
Diagrama 1 Línea de tiempo sobre Derechos Humanos y Democracia
Finalmente, existen ciertos atributos que la democracia posee, mismos que el Instituto Nacional Electoral y el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, han expuesto en Faro Democrático, los cuales se detallan en el Cuadro 2.
Cuadro 2 Atributos de la democracia
Atributos de la democracia | |
Atributo |
Características |
Competencia |
“La presencia de instituciones y procedimientos a través de los cuales los ciudadanos y ciudadanas podemos expresar nuestras ideas sobre la política, las políticas y los líderes es una condición necesaria para que haya democracia. Esto se logra gracias a la competencia regular entre individuos y grupos organizados, un grado inclusivo de participación política en la selección de líderes y políticas y un nivel de libertades políticas suficiente para garantizar la democracia. De esta manera, el modo en que se ejerce la competencia resulta clave para la democracia.” (párr. 1). |
Participación y ciudadanía |
“La suma de la participación de cada uno de los ciudadanos y de las ciudadanas es lo que hace posible la democracia. Sin la participación de la ciudadanía en el proceso de toma de decisiones, la democracia es débil o carece de sustento...
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Legitimidad y legalidad |
“La legitimidad es la aceptación de un gobierno específico o de una forma de gobierno como mejor que otras formas posibles. |
Pluralismo, libertad y diversidad |
“El pluralismo es un principio bajo el cual las diferencias de ideas, preferencias e intereses existentes en las sociedades son un valor importante que merece reconocimiento y protección.” (párr. 18). |
Tolerancia y solidaridad |
“La tolerancia exige reconocer que los demás tienen el mismo derecho que nosotros (que uno mismo) para expresar sus opiniones y para buscar la realización de sus intereses, preferencias o ideologías. Ello implica que, aunque no compartamos esas ideas, aunque nos parezcan equivocadas, debemos respetarlas” (párr. 25) |
Transparencia, control y rendición de cuentas |
“La transparencia es el principio que obliga al gobierno y a la administración pública a aperturar y divulgar la información relativa a sus actividades. Los gobiernos deben rendir cuentas a la ciudadanía de las decisiones que toman, de las razones detrás de estas, de sus efectos, y de los recursos empleados en su implementación.
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Feliciano Calzada Padrón (1990, pp. 178-180), por su parte, indica dos tipos de democracia:
Por su parte, Andrés Serra Rojas (2000) señala como tipos de democracia:
De acuerdo con Carlos Fayt, la democracia puede ser clasificada según su realización histórica o según las formas de intervención popular, esta visión se presenta en el siguiente cuadro.
Cuadro 3 Clasificación de la Democracia de acuerdo con Carlos Fayt
Clasificación |
Tipo de democracia |
Características |
Según su realización histórica |
Democracia antigua |
Ateniense. Se concibe como forma de gobierno. Es directa y activa. No existe un régimen de derechos ni de garantías. La polis absorbe al ciudadano. |
Democracia moderna |
Se enlaza con el régimen liberal y actúa como técnica de gobierno. Aparece como una conquista de la libertad para asegurar el goce de los derechos naturales e individuales. Es la típica democracia política, basada en la soberanía nacional y su expresión en la ley. Es representativa o indirecta y defensiva. Protege la inviolabilidad de la propiedad privada y reduce la función del Estado al mínimo. Opera en el plano formal. |
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Democracia actual |
Se caracteriza por la gravitación de lo social en la conformación de las funciones y estructuras del poder del Estado. Es típicamente la democracia social, donde la igualdad política tiende a completarse con la igualdad económica y social. Opera en el plano material y moral, pasando a gravitar como forma de vida y régimen político y accesoriamente como forma de gobierno. Los derechos políticos se completan con los derechos sociales. La propiedad pasa a ser considerada teniendo una función social y es objeto de limitaciones para hacerla compatible con el bienestar social. |
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Según las formas de intervención popular |
Democracia directa |
El pueblo por sí mismo, se da sus leyes sin representación ni mandatarios. |
Democracia indirecta o representativa |
El pueblo no gobierna ni delibera sino por medio de representantes. Es una consecuencia: a) de la amplitud territorial y de la densidad de la población del Estado moderno; b) del régimen liberal; y c) de la especialización de las funciones y complejidad de la actividad estatal. |
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Afirma la existencia de la nación y no es incompatible con la adopción de formas de democracia semidirectas. |
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Formas: referéndum, iniciativa popular, plebiscito, revocación popular (recall) y apelación de sentencias. |
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Democracia semidirecta |
Posibilita la participación del pueblo en el proceso de formulación de las decisiones del poder en el Estado. Combina la idea de la democracia directa con la idea de la democracia representativa y sin llegar a substituir por entero a ésta, satisface el requerimiento de participación directa que caracteriza la vida política contemporánea. |
Por otro lado, el Instituto Nacional Electoral y el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, señalan diversos modelos (tipos de democracia), los cuales se explican en el Cuadro 4.
Cuadro 4 Modelos de Democracia
Modelos de Democracia | |
Modelo |
Características |
Democracia representativa |
“se basa en la idea de convertir los intereses y preferencias de la ciudadanía en decisiones políticas no de manera directa, sino a través de los representantes: ciudadanas y ciudadanos que son electos por la sociedad para participar en el ejercicio de gobierno común.” (párr. 2) |
Democracia participativa |
“régimen político que permite que cada uno de nosotros intervenga directamente con nuestra participación en la toma de decisiones públicas. En este modelo de democracia no necesitamos esperar a que haya elecciones para participar ni necesitamos el apoyo de nuestros representantes electos.” (párr. 8) |
Democracia deliberativa |
“conjuga los elementos de representación y participación directa...Es un régimen político en el cual las decisiones se toman a partir de los debates públicos, argumentados y abiertos a una amplia participación ciudadana, en un intento de generar consenso.” (párr. 17) |
Democracia mayoritaria |
“Es aquella que tiene gabinetes mayoritarios de partido único, dominio del Poder Ejecutivo, Poder Legislativo con una sola cámara, sistemas bipartidistas, sistemas electorales mayoritarios y grupos de interés con competencia libre.” (párr. 22) |
Democracia consociativa |
“Es un tipo de democracia en la que los gobiernos de coaliciones multipartidistas mantienen equilibrio entre el Ejecutivo y el Legislativo, este último es bicameral, cuentan con sistemas electorales de representación proporcional y grupos de interés coordinados orientados hacia la concertación.” (párr. 23) |
Finalmente, la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México reconoce tres tipos de democracia: directa, participativa y representativa, en sus artículos 16, 17 y 18, mismos que se citan a continuación:
“Artículo 16. La democracia directa es aquella por la que la ciudadanía puede pronunciarse, mediante determinados mecanismos en la formulación de las decisiones del poder público.
Artículo 17. La democracia participativa es aquella que reconoce el derecho de la participación individual o colectiva de las personas que habitan la Ciudad de México, en sus diversas modalidades, ámbitos e instrumentos de manera autónoma y solidaria. La participación se da en la intervención tanto de las decisiones públicas que atañen el interés general como de los procesos de planeación, elaboración, ejecución y evaluación de planes, programas, políticas, presupuesto público, control y evaluación del ejercicio de la función pública.
Artículo 18. La democracia representativa es aquella mediante la cual el ejercicio del poder público se da a través de representantes electos por voto libre y secreto, los cuales fungen como portavoces de los intereses generales, dentro de un marco de reglas y mecanismos institucionales.”
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